Conoce todo sobre el altillo legalizado: normativa y requisitos para tener uno de menos de 2.50 en tu hogar
Las necesidades de espacio en una vivienda pueden variar, especialmente si la familia crece o se adquieren nuevos objetos o muebles. En ocasiones, una solución puede ser instalar un altillo que permita aprovechar metros y aumentar la capacidad de almacenamiento de manera discreta.
No obstante, es importante tener en cuenta que la construcción de un altillo puede ser motivo de debate en comunidades de vecinos o en determinadas zonas en las que existen restricciones urbanísticas. En este artículo hablaremos sobre las normas y regulaciones que rigen la construcción y uso de altillos y responderemos a la pregunta: ¿Es posible construir un altillo con una altura inferior a 2,50 metros?
Requisitos del código técnico de la edificación
El Código Técnico de la Edificación (CTE) establece los criterios técnicos que deben cumplirse en todas las edificaciones en España. En cuanto a los altillos, la sección de seguridad en caso de incendio indica que estos elementos deben contar con una altura mínima de 2,50 metros.
Esta medida, aplicable a todo tipo de construcciones, no solo contribuye a una mayor seguridad en caso de incendio, sino que también permite una mejor habitabilidad del espacio y evita la sensación de agobio o claustrofobia. Esto puede ser especialmente importante si el altillo se utiliza como dormitorio o zona de descanso.
Excepciones a la regla de los 2,50 metros
A pesar de la normativa establecida en el CTE, existen excepciones a la altura mínima de los 2,50 metros.
Por un lado, se permite la construcción de altillos con una altura inferior a 2,50 metros si su uso no es habitable. Es decir, si se trata de una zona de almacenamiento o un espacio destinado a un uso que no requiere permanencia prolongada o permanente de personas.
En estos casos, el altillo no será considerado una estancia habitable ni influirá en la superficie útil de la vivienda. No obstante, en la práctica, su construcción debe ser reportada a la comunidad de vecinos y al ayuntamiento correspondiente.
Cómo legalizar un altillo
Si ya se ha construido un altillo con una altura inferior a 2,50 metros y se desea legalizar su instalación, es importante acudir a un profesional competente para elaborar un proyecto técnico que incluya las características técnicas, la memoria descriptiva y los planos de situación necesarios.
Una vez se tiene este proyecto, se debe presentar la licencia de obra menor en el ayuntamiento de la localidad en la que se encuentra la vivienda. La licencia es necesaria para legalizar el altillo y además, para que la construcción se ajuste a criterios de seguridad para los habitantes de la vivienda y para asegurarse de que no se produzca un desajuste en los pagos de comunidades de vecinos.
Otro aspecto a tener en cuenta es que la altura mínima puede ser una norma urbanística establecida por el propio consistorio, por lo que es necesario conocer las normas específicas que rigen en la zona en la que se encuentra la vivienda.
Conclusión: construir un altillo legalizado con altura inferior a 2,50 metros
En conclusión, construir un altillo con una altura inferior a 2,50 metros es posible pero está sujeto a ciertas condiciones y regulaciones. En general, la única excepción será aquella que establezca un uso no habitable del altillo, que permitirá la construcción y sin que este influya en los metros hábiles de la vivienda.
En cualquier caso, lo más recomendable es iniciar los trámites de legalización lo antes posible, trabajando siempre con profesionales competentes que conozcan en detalle la normativa en la materia y puedan ofrecernos la mejor solución posible.
- Siempre es recomendable conocer las normativas y restricciones urbanísticas antes de construir un altillo o cualquier otra modificación en la vivienda.
- Un altillo con una altura inferior a 2,50 metros solo es legal si su uso no es habitable.
- Es necesario contar con el asesoramiento de profesionales competentes para llevar a cabo la legalización del altillo construido.