¿Cuándo Podrá Legalizarse una Infracción Urbanística? Descubre los Plazos y Procedimientos en Nuestra Guía Definitiva
La legalización de una infracción urbanística es uno de los temas más controvertidos en el ámbito del derecho urbanístico. La posibilidad de modificar una obra ya construida o solicitar la regularización de una edificación que no se ajusta a las normas urbanísticas es un tema que genera muchas dudas y controversias. A continuación, se explicarán las circunstancias en las que se puede legalizar una infracción urbanística.
¿Qué es una infracción urbanística?
Una infracción urbanística se produce cuando se incumplen las normas urbanísticas establecidas en una determinada zona o municipio. Estas normas pueden estar relacionadas con, por ejemplo, la altura de las construcciones, el uso de determinados suelos o la ocupación de áreas protegidas.
Las infracciones urbanísticas pueden ser leves, graves o muy graves y su sanción puede implicar multas económicas, la demolición de las construcciones o la rehabilitación de los terrenos afectados.
¿Cuándo es posible legalizar una infracción urbanística?
La legalización de una infracción urbanística se contempla en la Ley de Ordenación Urbanística de cada comunidad autónoma. En general, se considera que una infracción puede ser legalizada siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
1. Que la infracción sea subsanable
Se entiende por infracción subsanable aquella que puede ser corregida, bien por la modificación de la obra ya construida o por la demolición parcial de la misma. En cualquier caso, la solución a la infracción debe ser compatible con el planeamiento urbanístico del municipio.
2. Que no haya transcurrido un plazo límite
Cada comunidad autónoma establece un plazo límite para la solicitud de legalización de una infracción urbanística. Este plazo varía en función de la gravedad de la infracción y puede oscilar entre los 4 y los 15 años.
3. Que se pague la correspondiente sanción económica
Junto con la solicitud de legalización, es necesario abonar la sanción económica impuesta por la infracción urbanística. Esta sanción puede oscilar entre el 10% y el 200% del valor de las obras.
¿Quién tiene competencia para legalizar una infracción urbanística?
La competencia para legalizar una infracción urbanística recae en el Ayuntamiento del municipio donde se haya producido la infracción. El Ayuntamiento puede conceder la licencia de legalización siempre y cuando se cumplan los requisitos mencionados anteriormente.
¿Qué pasa si no se puede legalizar una infracción urbanística?
En el caso de que no se puedan cumplir los requisitos para la legalización de una infracción urbanística, se deberá proceder a la demolición de la obra realizada. La responsabilidad de la ejecución de la demolición recae en el infractor, aunque el Ayuntamiento podrá ejecutarla subsidiariamente y cargar los costes al infractor.
Conclusión
La legalización de una infracción urbanística es un tema que preocupa tanto a propietarios como a Ayuntamientos y vecinos de una determinada zona. La posibilidad de legalizar una obra ya construida o solicitar su regularización es posible siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la Ley de Ordenación Urbanística de cada comunidad autónoma. En caso contrario, la demolición de la obra construida es la solución que establece la normativa urbanística.