Todo lo que necesitas saber sobre el Decreto de Legalización de Edificaciones Irregulares en Andalucía: Procedimientos, Plazos y Requisitos

En Andalucía, el pasado 17 de diciembre de 2019, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el Decreto-Ley 3/2019, de medidas urgentes en materia de ordenación urbanística, turística y territorial en Andalucía, que en el artículo 52 incluye un apartado referido a la legalización de edificaciones irregulares.

El objetivo de este decreto es proporcionar a las viviendas y construcciones existentes en zonas urbanas y rurales un marco legal para su regularización, de forma que cumplan con las normas urbanísticas y territoriales establecidas en la región.

¿Qué son las edificaciones irregulares?

Las edificaciones irregulares son aquellas construcciones que no cumplen con las normas urbanísticas y territoriales vigentes al momento de su construcción. Estas construcciones, por lo general, se encuentran en zonas rurales y urbanas, y suelen estar relacionadas con la falta de planificación urbanística o con los cambios en la normativa.

Como bien sabemos, el urbanismo y la construcción son fundamentales en el desarrollo de cualquier región, y deben cumplir con las normativas establecidas para garantizar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos, así como para proteger el medio ambiente.

¿En qué consiste el decreto para la legalización de edificaciones irregulares en Andalucía?

El Decreto-Ley 3/2019 establece un procedimiento extraordinario para la regularización de edificaciones irregulares en Andalucía, es decir, una vía legal para que las construcciones irregulares puedan cumplir los requisitos urbanísticos y territoriales establecidos.

Para ello, se han establecido una serie de requisitos, plazos y procedimientos que las edificaciones irregulares deberán seguir para legalizarse. Es importante destacar que este decreto no permite la construcción de nuevas edificaciones en zonas no urbanizables, ni la legalización de edificaciones que entrañen un riesgo para la seguridad de las personas o el entorno.

Requisitos para la legalización de una edificación irregular en Andalucía

Los requisitos para la legalización de edificaciones irregulares en Andalucía varían en función de la situación en la que se encuentren dichas construcciones. A continuación, se presentan los requisitos generales que deben cumplir las edificaciones irregulares:

  • La construcción debe contar con una antigüedad superior a seis años.
  • La edificación no debe ser contraria al interés público, ni debe estar situada en zonas de riesgo.
  • La construcción no debe estar afectada por procedimientos judiciales que afecten a su seguridad jurídica.
  • La edificación no debe estar situada en espacios protegidos, ni en áreas incompatibles con el uso residencial.
  • El inmueble debe contar con los servicios básicos (agua, luz, alcantarillado) y no ser susceptible de ser declarado en ruina.

Procedimiento para la legalización de edificaciones irregulares en Andalucía

El procedimiento para la legalización de edificaciones irregulares en Andalucía se compone de dos fases: la primera, en la que se reconoce la situación de irregularidad y se otorga un plazo para regularizarla; y la segunda, en la que se produce la legalización de la edificación.

En la primera fase, los propietarios de las edificaciones irregulares deben presentar una declaración responsable, en la que manifiesten que la construcción cumple con los requisitos establecidos en la ley para ser legalizada. Esta declaración debe ir acompañada de un plano que indique las características y ubicación de la construcción.

Una vez presentada la declaración responsable, se procede a la comprobación de los requisitos y características de la construcción por parte del Ayuntamiento correspondiente. Si la construcción se ajusta a la normativa urbanística y territorial, se otorga un plazo para que los propietarios acrediten la adecuación de la obra (por ejemplo, mediante un certificado de un técnico competente).

En la segunda fase, los propietarios deberán presentar la documentación acreditativa de la legalidad de la construcción ante el Ayuntamiento correspondiente. Este, tras comprobar que se han cumplido todos los requisitos legales, emitirá un certificado que acredite la legalidad de la construcción.

Conclusiones

El Decreto-Ley 3/2019 de Andalucía ofrece una vía legal para la legalización de edificaciones irregulares. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este procedimiento no permite la construcción de nuevas edificaciones en zonas no urbanizables, ni la legalización de edificaciones que entrañen un riesgo para la seguridad de las personas o el entorno. Es fundamental cumplir con las normativas urbanísticas y territoriales para garantizar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos, así como la protección del medio ambiente.

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