Guía completa: Legalización de viviendas fuera de ordenación transcurridos seis años – Todo lo que necesitas saber
En la actualidad, son numerosas las viviendas que se encuentran fuera de ordenación en nuestro país. ¿Qué significa esto? Básicamente, que estas construcciones fueron realizadas sin las debidas autorizaciones administrativas, lo que las sitúa en una situación irregular y, por tanto, en una especie de limbo legal.
La consecuencia de esta situación puede ser que la vivienda quede fuera de todo ordenamiento urbanístico y, por tanto, no pueda ser objeto de legalización. Sin embargo, existe una posibilidad de hacerlo transcurridos seis años, plazo que establece la normativa para que se produzca la prescripción de la infracción.
¿Qué es una vivienda fuera de ordenación?
Una vivienda fuera de ordenación es aquella que se encuentra en una situación irregular, ya que ha sido construida sin haber obtenido las necesarias autorizaciones administrativas, o bien se ha levantado en un lugar no permitido según lo establecido en el planeamiento urbanístico correspondiente.
En este sentido, es importante tener en cuenta que no basta sólo con solicitar una licencia de obras para la construcción de una vivienda, sino que además es necesario comprobar que su ubicación y características cumplen con la normativa urbanística vigente. De lo contrario, dicha vivienda quedaría fuera de ordenación.
Legalización de viviendas fuera de ordenación
Una vez que la vivienda se encuentra en esta situación irregular, el propietario se enfrenta a la necesidad de tratar de regularizar su situación. ¿Es posible la legalización de estas construcciones?
La respuesta es que sí, es posible regularizar una vivienda fuera de ordenación. Pero, ¿qué requisitos son necesarios para ello?
Transcurridos seis años
El primer requisito es el transcurso de seis años desde la finalización de las obras. Si bien la Ley de Ordenación de la Edificación establece un plazo de diez años para el ejercicio de acciones en caso de incumplimiento de la normativa urbanística, este plazo se reduce a seis años en el caso de las viviendas fuera de ordenación.
Una vez que ha transcurrido este plazo, podemos solicitar al Ayuntamiento la legalización de la vivienda, aunque siempre es conveniente contar con el asesoramiento de un profesional del sector que nos ayude en todo el proceso.
Que la vivienda sea estructuralmente viable
Otro requisito que debe cumplirse es que la vivienda sea estructuralmente viable, es decir, que cumpla con las características arquitectónicas y constructivas establecidas en la normativa correspondiente, y que se haya levantado con materiales de calidad e idóneos para su uso como residencia. De no ser así, la vivienda no podrá legalizarse.
No perjudicar el interés general
Además, la legalización de la vivienda fuera de ordenación no puede perjudicar el interés general. Es decir, que la construcción no debe situarse sobre terrenos no urbanizables, ni debe estar situada en lugares que pongan en riesgo infraestructuras, como pueden ser las zonas inundables.
¿Qué consecuencias tiene legalizar una vivienda fuera de ordenación?
Las consecuencias de la legalización de una vivienda fuera de ordenación son múltiples. En primer lugar, nos encontramos ante una vivienda que pasa a estar dentro del ordenamiento urbanístico. Esto significa que podemos solicitar los servicios públicos básicos, como el suministro de agua o la conexión a la red eléctrica, de forma legal.
Por otro lado, la legalización de la vivienda también conlleva consecuencias fiscales. Una vez legalizada la construcción, deberemos hacer frente al pago de los impuestos correspondientes. Además, deberemos inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad, lo que también conlleva costes adicionales.
Conclusión
En definitiva, ante la situación de tener una vivienda fuera de ordenación, lo importante es no entrar en pánico. Existe una posibilidad para regularizar la situación, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos. En todo caso, es importante contar con el asesoramiento de un especialista en la materia que nos guíe en todo el proceso de legalización de la vivienda en cuestión.