Guía definitiva para la legalización de viviendas en suelo rústico anteriores a 1956 en Baleares: Todo lo que necesitas saber

La legalización de viviendas en suelo rústico es un tema que ha generado mucha controversia en casi todas las comunidades autónomas. En el caso concreto de las Islas Baleares, esta problemática se agrava aún más por la gran cantidad de casas que existen en suelo rústico en estas islas.

La situación se complica aún más cuando se trata de viviendas que fueron construidas antes de 1956, fecha en la cual entró en vigor la Ley de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (LRSOU) que establece que el suelo rústico no urbanizable no puede ser utilizado para la construcción de viviendas.

¿Qué es el suelo rústico?

El suelo rústico es aquel que se destina a usos agrícolas, ganaderos, forestales o cinegéticos, y que no está incluido en un plan urbanístico que permita su uso para la construcción de viviendas. En las islas de Ibiza y Formentera, el 96% del territorio es rústico.

Legalizarlas permite regularizar la situación

El problema de legalizar viviendas construidas en suelo rústico anteriores a 1956 es que estas casas se encuentran en una situación irregular, lo cual puede suponer un grave problema para sus propietarios, quienes no tienen la garantía de poder vender su propiedad en el futuro.

Además, la mayoría de estas viviendas dispone de servicios básicos como agua y luz, lo cual demuestra que llevan años funcionando sin generar problemas a la administración pública. Se estima que en las islas de Ibiza y Formentera hay más de 6.000 viviendas construidas antes de 1956.

El proceso de legalización

En 2018, el Gobierno de las Islas Baleares aprobó un decreto que establece el procedimiento para legalizar las viviendas construidas en suelo rústico anteriores a 1956. El plazo para solicitar la legalización es hasta el 31 de diciembre de 2021.

Requisitos para legalizar una vivienda en suelo rústico

  • La vivienda debe estar construida antes de 1956.
  • La vivienda debe estar ubicada en un suelo rústico.
  • La superficie construida no puede exceder los 300 metros cuadrados.
  • La vivienda no puede tener uso turístico.
  • La vivienda debe cumplir con los requisitos urbanísticos y medioambientales establecidos por la normativa aplicable.

Tras presentar la solicitud de legalización, se procederá a la inspección de la vivienda para verificar que cumple los requisitos mencionados. En caso de que la vivienda no cumpla con los requisitos exigidos, se procederá a la demolición de la misma.

Conclusiones

La legalización de viviendas construidas en suelo rústico anteriores a 1956 en las Islas Baleares es una medida necesaria para regularizar la situación de miles de propietarios que viven en una situación de incertidumbre respecto a sus viviendas.

Este proceso no solo beneficia a los propietarios de estas viviendas, sino también al conjunto de la comunidad, ya que permite regularizar el uso del suelo rústico, evitando la especulación urbanística en estas zonas.

Es importante que los propietarios de estas viviendas se informen bien sobre los requisitos para la legalización, y presenten su solicitud dentro del plazo establecido. De esta forma, podrán contar con todas las garantías legales y administrativas en relación a sus viviendas.

Publicaciones Similares